El Ayuntamiento de Lucena falsea la jornada laboral nocturna de la Policía Local

 ¿Quién vive en Mátrix?

“…Eres un esclavo, Neo. Igual que los demás, naciste en cautiverio. Naciste en una prisión que no puedes ni oler ni saborear ni tocar. Una prisión para tu mente. (...)
Por desgracia no se puede explicar lo que es Matrix. Has de verla con tus propios ojos. Esta es tu última oportunidad. Después, ya no podrás echarte atrás.
Si tomas la pastilla azul fin de la historia. Despertarás en tu cama y creerás lo que quieras creerte. Si tomas la roja, te quedas en el País de las Maravillas y yo te enseñaré hasta dónde llega la madriguera de conejos. Recuerda lo único que te ofrezco es la verdad. Nada más…”

La Ejecutiva de la FEP-USO en Córdoba ha tenido conocimiento, a través de empleados públicos del Colectivo de la Policía Local, que desde la implantación, por parte del equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Lucena, del sistema de turnos denominado “africano” se está produciendo una sistemática irregularidad, la cual, ha provocado diversos conflictos laborales, ya que convierte la realidad laboral en una ficticia realidad virtual

            Nos referimos al citado sistema rotativo de turnos que consta de tres jornadas laborales distribuidas en 40 horas, siendo como sigue:

            Servicio de tarde (de 14.00 a 22.15 horas)
            Servicio de mañana/noche (de 6.00 a 15.00 horas y de 22.00 a 6.15 horas)

            Según hemos podido comprobar, el servicio de noche, en el Portal del Empleado público, figura al día siguiente de su realización; es decir, si un agente realizó un servicio de noche el día 9 de mayo de 22.00 a 6.15 horas, en el citado Portal figura que la realización del servicio fue el día 10 de mayo de 22.00 a 6.15 horas, algo que no se ajusta a la realidad.

            Al parecer, esta situación ha provocado ya incidentes a los efectos de hacer coincidir prescripciones médicas de baja o reposo por causa de enfermedad. Ya que la decisión de esa Administración está contradiciendo la propia prescripción del facultativo.

            Como indica el artículo 36 del Estatuto de los Trabajadores, y el artículo 28.2) del Vigente Acuerdo Marco (B.O.P. núm. 146 de 26 de junio de 1999) “se considera trabajo nocturno el realizado entre las diez de la noche y las seis de la mañana” evidentemente del día de comienzo de la jornada laboral.

Es por todo ello que, la FEP-USO de Córdoba ha solicitad, mediante escrito al Sr. Alcalde de Lucena, que esa administración asuma como real y única las jornadas laborales realizadas por los agentes de policía en el espacio y tiempo captado por los sentidos y demostrado empíricamente, y no invente un Mundo paralelo cuyo único motivo podría ser el no reconociendo de la realización de dos jornadas laborales en un mismo día, tal como figura en las hojas de servicio de esa Jefatura de Policía,

Así mismo, como medida preventiva, revoquen el sistema de turnos denominado “africano” hasta tanto aseguren la legalidad del mismo.

“... Mátrix es el Mundo que ha sido puesto delante de tus ojos para ocultarte la Verdad…”

USO LUCENA




1 comentario:

  1. ¿Y el abogaillo con esa palabra menuilla que tiene no tiene nada que decir al respecto?

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